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Prorrogan presentación de la COA
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*El periodo para la presentación de la Cédula de Operación Anual (COA) se va a prorrogar. Próximamente se anunciará en el sitio de internet de la Semarnat el plazo de presentación
15/05/2015-Xalapa, Ver.- Ninguno
COMUNICADO IMPORTANTE

*El periodo para la presentación de la Cédula de Operación Anual (COA) se va a prorrogar. Próximamente se anunciará en el sitio de internet de la Semarnat el plazo de presentación

En qué casos se debe presentar la COA:

• Cuando el establecimiento sea una Fuente Fija de Jurisdicción Federal en Atmósfera, artículo 111 Bis párrafo 2° de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), las industrias: química, petróleo y petroquímica, pinturas y tintas, automotriz, celulosa y papel, metalúrgica, vidrio, generación eléctrica, asbesto, cementera y calera y tratamiento de residuos peligrosos y los responsables de fuentes fijas de jurisdicción federal que cuenten con Licencia Ambiental Única o Licencia de Funcionamiento otorgada por la SEMARNAT. Aplica únicamente para los subsectores establecidos en los artículos 17 Bis y 21 del Reglamento de la LGEEPA en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera, reformado el 03 de junio del 2004.

• Si el establecimiento descarga aguas residuales en cuerpos receptores que sean aguas nacionales: ríos, mares, barrancos, etc. Artículo 9 del Reglamento de la LGEEPA en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes. (Modificación al Reglamento de la LGEEPA en materia del RETC del 31 de octubre de 2014).

• Cuando los establecimientos sean grandes generadores de residuos peligrosos, generan≥10 ton de residuos peligrosos al año; Reglamento de la LGPGIR, artículo 72.

• Si el establecimiento es prestador de servicios de manejo de residuos peligrosos, quienes realizan actividades de: reutilización, centros de acopio, reciclaje, co-procesamiento, incineración, tratamiento, tratamiento por inyección profunda, tratamiento de suelos contaminados, instalaciones de disposición final y transporte. Reglamento de la LGPGIR, artículo 72.

En la página:
http://tramites.semarnat.gob.mx/index.php/atmosfera/cedula-de-operacion-anual/8-semarnat-05-001-cedula-de-operacion-anual-coa, en el apartado “Guías, referencias, varios, archivos”, encontrará información de soporte para elaborar la COA.


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